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Desde el siglo xvi, la tendencia a ampliar el ámbito de lo gubernativo fue, en sustancia, la tendencia a reducir los límites jurídicos y procedimentales propios del Estado jurisdiccional medieval o, lo que es lo mismo, a encumbrar un poder monárquico amplio, libre, absoluto. Hasta el final del Antiguo Régimen sobrevivió, sin embargo, la matriz jurisdiccionalista como marco de justificación de (y fuente de límites para) los poderes coercitivos del rey y sus agentes. Habrá que esperar a las revoluciones liberales y a la consecuente desaparición de la sociedad corporativa y de la monarquía tradicional para asistir a la transmutación efectiva de las funciones políticas o gubernativas en la administración pública contemporánea, una autoridad gubernativa que ocupa el vacío resultante de la liquidación de los cuerpos intermedios y que ejerce amplios poderes coercitivos al margen de la tradicional iurisdictio.El siglo xix sublimará lo gubernativo, es decir, ampliará enormemente el espacio reservado al Estado para intervenir libremente en pos del interés general. El llamado Estado liberal era, en realidad, un Estado administrativo diametralmente opuesto al Estado jurisdiccional medieval, que llevaba muy lejos los anuncios del Estado (solo tendencialmente) absoluto del Antiguo Régimen. El Derecho administrativo fue el principal instrumento: una disciplina sin límites de Derecho natural o constitucional que asegura esencialmente, no los derechos del individuo, sino la superioridad de la administración. Solo después de la Segunda Guerra Mundial, tras la recuperación matizada de los postulados básicos del iusnaturalismo (directamente o a través de una nueva teoría constitucional), el Derecho administrativo se orientará abiertamente hacia las garantías tanto en España como en el conjunto de los ordenamientos europeos.El presente libro desarrolla la historia del Derecho administrativo comprimida en los párrafos anteriores, desmontando o matizando convenciones historiográficas asentadas. Se refiere específicamente al Derecho administrativo español, enmarcándolo dentro del contexto europeo, sin la pretensión de historiar los de otros países. Se trata de una presentación ordenada, que enlaza la evolución histórica de algunas piezas básicas del Derecho administrativo entre sí y con las doctrinas políticas y el contexto social, haciéndose cargo de que es imposible aprehender los orígenes y trasformaciones de esta disciplina jurídica sin historiar al propio tiempo las ideas políticas, la administración y las ciencias administrativas. La obra contribuye así a colmar un importante vacío historiográfico, generado por la ausencia, hasta ahora, de una Historia del Derecho administrativo español, sin perjuicio de una relevante serie de estudios de alcance más acotado o específico elaborados por historiadores, administrativistas y economistas.