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La dimensión objetiva de los derechos sociales se configura como mandatos constitucionales articulados en obligaciones jurídicas objetivas, fundamentalmente para los poderes legislativos y ejecutivos, que permiten la deducción posterior de derechos subjetivos. Este aspecto subjetivo se puede caracterizar por un efecto reflejo que posibilita eventualmente fundamentar demandas de defensa por inactividad, negligencia o reversibilidad de medidas públicas que infrinjan el mandato constitucional. La dimensión objetiva de los derechos sociales implica deducir que estos constituyen fuentes potenciales de competencias públicas, tanto en el sentido técnico de títulos competenciales con los que siempre se pueden interrelacionar, como de habilitación a la intervención pública y a la prestación en favor de la sociedad en la materia. Los derechos sociales son inseparables de las competencias, es decir, del contenido objetivo interrelacionado hasta el punto que su dimensión subjetiva depende de su intermediación. Índice Introducción. 1. Los derechos de prestación como categoría normativa 1.1. La contraposición entre los derechos de defensa y los derechos de prestación . 1.2. Las implicaciones de los derechos de prestación: la heterogeneidad de criterios materiales para su caracterización y la necesidad de configuración normativa. 1.3. Los destinatarios de los derechos de prestación: los poderes públicos y la extensión de obligaciones a las personas privadas. 1.4. El contenido prescriptivo y el efecto reflejo de los derechos de prestación: la articulación de sus garantías. 2. Los derechos sociales como categoría material. 2.1. Finalidad y contenido de los derechos sociales 2.2. La necesidad de concreción normativa de los derechos sociales. 2.3. La dependencia de la protección jurídica de los derechos sociales de la regulación normativa infraconstitucional. 2.4. La condicionabilidad y la irreversibilidad de los derechos sociales. 2.5. La relación de los derechos sociales con el principio de igualdad. 2.6. La interrelación de los derechos sociales con las políticas públicas de alcance social. 3. La proyección social de la Constitución: una implementación multinivel. 3.1. La descentralización de los derechos sociales 3.2. La implementación multinivel de los derechos sociales y civiles como función concurrente de los poderes públicos 3.3. El solapamiento del reconocimiento estatutario del derecho por la implementación de una política pública autonómica de carácter social: el derecho al medio ambiente. 3.4. La implementación de la política pública autonómica de asistencia y protección social como mecanismo de creación de derechos sociales y derechos civiles con repercusión social. 3.5. La inexistencia de un derecho estatutario a la asistencia sanitaria al margen de la política pública integral de sanidad pública: el derecho a la salud. 3.6. La articulación de una política pública autonómica de protección mediante derechos estatuarios interrelacionados con una pluralidad de títulos competenciales del Estado: derechos de los consumidores . 3.7. La inexistencia de un derecho al margen de la implementación de una política pública autonómica propia: el derecho a una vivienda digna.